Cofepris recibió orden detallada para autorizar la vacuna de Pfizer para niños contra el COVID-19.

El Inai señala que no puede ni debe permitir que las autoridades ignoren las solicitudes de información de la ciudadanía sobre las vacunas que aplicarán a niñas y niños de México..

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) ordenó al Comité Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris) informar sobre la aprobación de la vacuna contra el COVID-19 de Pfizer para niños de seis años. desde un mes hasta 5 años.

«El Inai, como organismo responsable de abrir esta información al acceso y la información pública, no puede ni debe permitir que las autoridades ignoren las solicitudes de información de los ciudadanos sobre qué vacunas aplicarán a nuestras niñas y niños este año.

Esto que no se puede negado», dijo la comisionada Norma Julieta del Río Venegas.

Al presentar el caso ante el pleno del Inai, Del Río Venegas señaló que la Cofepris es un organismo desconcentrado dependiente del Ministerio de Salud encargado de aprobar el uso de insumos, medicamentos y vacunas. Recordó que el pasado 7 de diciembre la Cofepris autorizó que las vacunas actualizadas contra el COVID-19 de las empresas Pfizer y Moderna pudieran ofrecerse al público en farmacias e instituciones autorizadas en México.

Según él, esta decisión marca un parteaguas, al establecer una regulación que prioriza la disponibilidad de vacunas, eliminando la necesidad de intermediario o conductor con el usuario que se experimentaba al inicio de la pandemia.

Del Río Venegas dijo que este nuevo panorama no entra en conflicto con las campañas de vacunación del Ministerio de Salud para inmunizar a la población contra el COVID-19 y la influenza.

Señaló que la última campaña, que forma parte de la política nacional de vacunación, inició el 16 de octubre y finalizará el 31 de marzo del próximo año, por lo que pidió a los vecinos sumarse a la campaña de vacunación.

El solicitante recibió información sobre otra solicitud. Este caso surgió porque el solicitante interpuso un recurso de revisión ante el Inai porque la Cofepris en lugar de emitir resolución proporcionó la versión pública de la respuesta a la solicitud del 05.12.2022, que si bien tiene relación con las condiciones del plazo temporal. permiso para la vacuna mencionada, no cumple con sus requisitos.

En alegatos, la Cofepris argumentó que la información no existía; Sin embargo, el informe del Comisionado Del Río Venegas reveló que no todos los sectores administrativos competentes, como la Dirección General de Farmacopea y Farmacovigilancia, la Dirección General de Procedimientos para el Licenciamiento de Productos e Instalaciones y la Dirección General de Licencias Sanitarias, fueron consultados para la resolución. comisión .

También se señaló que el documento aportado por la Unidad Ejecutiva sobre Medicamentos y Medicamentos no es una decisión de la Cofepris, por lo que no corresponde a lo solicitado. Es por eso que el pleno del Inai decidió retirar la respuesta de la Cofepris e invitarla a realizar una nueva búsqueda de información consistente e integral en todas las unidades administrativas competentes con el fin de ofrecer al demandante una solución en su interés.